Con fundamento en los motivos, y razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, es por lo que este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por diferencia en el pago de PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos, interpuso ANGEL ROMERO, en contra de CONSTRUCTORA MANT-BRACA, C.A.
SEGUNDO: Se condena a la sociedad mercantil demandada a cancelar la suma de CATORCE MIL OCHENTA Y SIETE BOLÍVARES CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 14.087,36); a esta cantidad se le sumarán los intereses de mora, así como la indexación o ajuste por inflación que deberán ser calculados mediante una experticia complementaria del fallo, que debe ser practicada por un solo perito designado por el Tribunal, en base a los siguientes parámetros:
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