PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por la Ciudadana EDEN CAROLINA ROSALES GARCIA, en contra la empresa Sociedad Mercantil CENTRO NATURISTA EL POLEN.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales por la Ciudadana EDEN CAROLINA ROSALES GARCIA, por la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.5.784,75), arrojadas por el recalculo efectuado y revisado por esta Juzgadora, contra de la empresa Sociedad Mercantil CENTRO NATURISTA EL POLEN , integrada por la suma condenada por concepto de antigüeda.....