En base a todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control Sección Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ACUERDA: REMITIR LAS PRESENTE ACTUACIONES AL TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTE DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL a los fines de que la misma sea acumulada a la causa que se le sigue al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, signada con el número NP01-D-2008-000266, de conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.