IV.- DISPOSITIVO
Este Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, interpuso la abogada DUBRASKA JARAMILLO apoderada judicial de la Sociedad Mercantil BNACO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la Sociedad Mercantil GENERAL DE PROYECTOS Y DESARROLLOS 1.131, C.A., sobre un inmueble con todas sus construcciones, adherencias y pertenencias presentes y futuras, ubicado en la avenida Santa Eduviges, Sector Barrio Nuevo de Ciudad Ojeda a cincuenta metros (50 mts) de la Avenida Intercomunal, Cabimas Lagunillas, Jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, formado por un galpón industrial edificado de techo a dos aguas de láminas de coverib, sobre cerchas y correas metálicas.....