En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la transacción celebrada entre la sociedad mercantil "Arco Services, Compañía Anónima", quien estuvo representada en este acto por el abogado en ejercicio José Ernesto Barrios Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.68.685, y la demandada Sociedad mercantil Schlumberger Venezuela, S.A., quien también estuvo representada por su apoderado judicial abogado Rafael Domínguez Padrón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.71.191, en razón a que existen en los firmantes facultades inequívocas que satisfacen los extremos legalmente exigidos para tales efectos. No hay imposición al pago de las costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 277 eiusdem.
Publíquese.....