CONCLUSIONES
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano GILBERTO RAMON FARIA MATOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.508.150 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en contra de los ciudadanos YAMILET DEL MILAGRO PAZ y CARLOS ALEJANDRO VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.823.240 y V-16.047.717 respectivamente y domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia; con motivo del ACCIDENTE DE TRANSITO ocurrido el día dos (02) de octubre de dos mil cuatro (2004), en la avenida 16 Guajira con intercepción de la calle 56, en Jurisdicción de esta Ciudad y Municipio Autónomo de Maracaibo del estado Zulia, donde inter.....