DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
LA HOMOLOGACIÓN del acto de autocomposición procesal celebrado por las partes, en fecha 09 de Octubre del año 2006, dándole el carácter de cosa juzgada y hasta tanto conste en actas el cumplimiento definitivo de lo convenido, se procederá al archivo del expediente.