Este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Preventivamente Secuestrado el inmueble anteriormente determinado y en el cual se encuentra constituido, por ser el mismo que aparece identificado en el Despacho comisorio, tal y como aparece o fue verificado por el experto designado en este acto, y lo puso en posesión de la depositaria Judicial designada en este acto, quien por intermedio de su representante judicial, lo recibió para su guarda y conservación.