DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescente l Administrando Justicia En Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley Decreta UNICO: LA LIBERTAD INMEDIATA del Ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA, arriba plenamente identificado, por no constar en las actuaciones el examen Médico Legal, que determine el tipo y las características, de las Lesiones Personales; sin perjuicio a que el Ministerio Público continúe la investigación, contra el referido ciudadano, por las reglas del Procedimiento Ordinario de conformidad a lo preceptuado en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con establecido en el Artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 529 y 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se acuerda la Libertad del referido ciudadano desde la Entidad Socio Educativa general José Fran.....