Así las cosas, en el presente asunto, no obstante haber traído a los autos un cúmulo de pruebas, que, según su dicho, son fundados indicios de la actuación parcializada del abogado LUIS ALEJANDRO RIVAS PARRA, en su condición del Juez del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con la intención de favorecer a la parte demandada en dicho proceso, en perjuicio de los derechos a la defensa, al debido proceso y a una tutela judicial efectiva del recusante; los mismos no resultan determinantes para establecer que dicho funcionario, se encuentre vinculado desde el punto de vista psicológico o anímico para favorecer a su antagonista; por el contrario, en el presente asunto, estamos en presencia de una manifiesta inconformidad, de parte del abogado JUAN CARLOS RAMÍREZ PAESANO, con lo decidido en fecha 12 de junio de 2025; decisión que, conforme quedó probado en autos, no sólo fue recurrida .....