Con base a las fundamentaciones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Sede Constitucional y de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica sobre Amparos y Derechos y Garantías Constitucionales, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible, la presente acción de amparo interpuesta por el abogado Jesús Enrique Natera Velásquez, en contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Esta Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en la última parte del artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.-
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copia y cúmplase.-
Dado, firmado y s.....