Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, incoada por la sociedad financiera MERCANTIL BANCO UNIVERSAL C.A., contra la sociedad mercantil VENEZOLANA DE LA CONSTRUCCIÓN C.A., y el ciudadano RICARDO SUÁREZ BALLESTEROS, en su carácter de fiador solidario y principal pagador de las obligaciones asumidas por la mencionada sociedad de comercio.