El sustento legal que se arguye para esta solicitud, es válido, pues siendo la demandada un servicio autónomo sin personalidad jurídica, que está adscrito a uno de los ministerios con despacho del Ejecutivo Nacional, la representación judicial compete única y exclusivamente a la Procuraduría General de la República; de lo cual no hay duda, de hecho, la notificación que se practicó a esa Procuraduría al inicio del juicio, se fundamentó en ese argumento legal; y así se ha venido expresando y aceptando tanto por las partes, como por los operarios de justicia que han intervenido en el proceso.
Esa certeza en el planteamiento, produce un doble efecto, por una parte, al carecer de personalidad jurídica, no puede ser representada en juicio sino por la Procuraduría General de la República, o por persona que haya sido sustituida por la Procuraduría, a esos específicos fines; y no habiendo mediado tal sustitución en la persona de la solicitante, y aunque en ella se haya practicado la notificaci.....