En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la TRANSACCIÓN celebrada entre ARMANDO JESUS MAITA MARCHAN, CARLOS JULIO, RIXEL MARISOL PRIMERA OSORIO, YESSICA NEREYDA VIVAS RAMIREZ, parte querellada y la Querellante "AGROTECNICA MARGARITA C.A.", representada por la abogada CRISTAL BOLIVAR, ambos identificados; en razón a que existen en los firmantes facultades inequívocas que satisfacen los extremos legalmente exigidos para tales efectos. Se acuerda lo siguiente:
1. Se ordena la expedición de las copias certificadas de lo señalado.
No hay imposición al pago de las costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 277 eiusdem.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, Firmada y sellada en la .....