. POR LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTO ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA la LIBERTAD PLENA, a favor del ciudadano ANGEL JUNIOR FUENTES RUIZ, de nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo del Estado Zulia, Titular de la de Identidad Nro. V- 15.287.029, de Estado Civil soltero, Fecha de Nacimiento 01/02/1982, de 22 años de edad, de profesión oficio comerciante, hijo de Ángel Gregorio Fuentes Y Lorena Chiquinquira Ruiz, domiciliado en LA Av. Los Haticos, calle 112, casa N° 112-42, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 44 y 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y asimismo se acuerda dejar sin efecto la Orden de Aprehensión librada por este Tribunal, por lo que se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a los fines d excluir de pantalla al referido ciudadano y por cuanto se observa que la causa pri.....