DISPOSITIVA:
Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. CONDENA al ciudadano: RAMON ANTONIO PUERTA, de nacionalidad Venezolana, natural del Concha, Municipio Colón del Estado Zulia, de 63 años de edad, nacido en fecha 10-07-41, soltero, de oficio Agricultor, hijo de Manuel Martínez y de Ana Rosa Puerta, titular de la cédula de identidad N° 2.738.952 y residenciado en el Estero, Parcela la Candelaria, el Chivo, Jurisdicción del Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de : HOMICIDIO INTENCIONAL EN LA MODALIDAD DE RIÑA CUERPO A CUERPO, Previsto y sancionado en el artículo 407 en concordancia con el artículo 424 ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano quien en vida respondía al nom.....