Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por el ciudadano ENDER ANTONIO LUGO RAMOS, en contra de la ciudadana LIBIA MARGARITA LEAL GUAIDO, identificados en actas, fundamentada en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil venezolano.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los referidos ciudadanos ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Trinidad Samuel del Municipio Pedro León Torres de Lara en fecha once (11) de agosto de mil novecientos ochenta y tres (1983), contenido en el acta de matrimonio No. 156, del folio 164, del libro de Matrimonio del año referido.
TERCERO: Se ordena PARTICIPAR a la Oficina de Registro Principal del estado Lara y a la Unidad de Registro Civil de .....