Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por el ciudadano OSCAR JESÚS GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.718.378, domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, contra la ciudadana MILDRED JOSEFINA CENTENO RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.839.677, de igual domicilio, la cual fue basada en la causal SEGUNDA del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído el día 28 de Diciembre de 2006, por el Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, según el acta de matrimonio signada con el No. 255,.....