DECLARAR PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de prorroga realizada por el Representante de la Fiscalía 10 del Ministerio Público y ACUERDA el lapso de UN (01) AÑO DE PRORROGA, contado a PARTIR del 09/05/2010, a los fines de realizar el Juicio Oral y Público en la presente causa seguida en su contra de los ciudadanos FRANCISCO CHALU y DEIVYS HURTADO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 244º del Código Orgánico Procesal Penal y se ORDENA el MANTENIMIENTO de la Medida Privativa de Libertad en contra del referido acusado, en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, de esta ciudad. En tal sentido, se declara SIN LUGAR, la solicitud realizada en este acto por la Defensa Pública No 3 Abog. NIVIA OLIVARES, relativa a una medida cautelar menos gravosa. Igualmente se declara SIN LUGAR, la solicitud realizada en este acto por la Defensa Abog. ALDEMARO BASTIDAS, relativa a una medida cautelar menos gravosa. Se acuerda fijar la celebración del Juicio oral y Público pa.....