Por los razonamientos y fundamentos anteriormente explanados, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, en el juicio de DESALOJO seguido por el ciudadano LEXIS ATENCIO ATENCIO contra el ciudadano JOSE LUIS ALMARZA DIAZ, declara:
¿ CON LUGAR la apelación interpuesta por la profesional del derecho CELIA ATENCIO, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada por el Juzgado de la recurrida en fecha 20 de enero de 2010, y por vía de consecuencia,
¿ REVOCADA, la decisión emanada del Juzgado Tercero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 20 de enero de 2010, en el juicio por DESALOJO incoado por el ciudadano LEXIS ATENCIO ATENCIO en contra del ciudadano JOSE LUIS ALMARZA, y en definitiva:
¿ SE ORDENA la REPOSICION de la presente causa al estado de Sentencia en el juicio .....