(...)...En este estado, vista la manifestación de las partes, esta Jueza Tercera de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, conforme al segundo aparte del articulo 470 de la citada Ley Especial, imparte su aprobación, y en consecuencia HOMOLOGA en todos y cada uno de sus términos el acuerdo suscrito entre los ciudadanos ARACELIS TERESITA CARRION RIVERO y RONNY EMIL ROMERO MORAO, identificados en autos, respecto de la Obligación de Manutención y Custodia en beneficio de sus hijos (Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Lopnna), teniéndose como asunto pasado, con autoridad de cosa juzgada. Como consecuencia del acuerdo y su homologación, se pone fin al proceso. Se deja constancia que en este acto fue oída la opinión de los referidos niños de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Se le indica a las partes intervinientes en el presen.....