Sobre la base de las consideraciones antes expresadas, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE el RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES propuesto por la ciudadana NEILA BEATRIZ RUZ NAVA en contra de la providencia administrativa SF-020-2014, de fecha 27 de marzo de 2014 dictada en el expediente administrativo 075-2013-01-00457 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS LAGUNILLAS, BARALT, VALMORE RODRÍGUEZ Y SIMÓN BOLÍVAR DEL ESTADO ZULIA, a través de la cual declaró NO HA LUGAR la solicitud de REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS intentada en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETROLERO, SA.
Se ordena la notificación del PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA conforme lo estatuye el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor.....