Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en SEDE CONSTITUCIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por los ciudadanos MIREYA MORENO DE KARKOUR, RAFAUIL Y ALBERTO KARKOUR, en contra de la Asociación Civil CENTRO GALLEGO DE MARACAIBO, ambas plenamente identificadas en actas.
SEGUNDO: SE CONDENA en costa a la parte accionante, por resultar totalmente vencida en el presente proceso.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.