Es por lo que la Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el articulo 486 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el articulo 522 ejusdem, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO DE DIVORCIO, fundamentado en la causal tercera del Artículo 185 del Código Civil, incoado por el ciudadano LEOPOLDO RAFAEL RIVERO MARCANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-4.049.179, en contra de la ciudadana LUSMILA MARGARITA MAZA VELÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-5.474.440.
SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, haciéndosele saber a la parte demandante que no pueden volver a presentar su demanda antes que transcurra un mes.
TERCERO: Expídanse las copias certificadas que sol.....