DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano GERMÁN GUILLERMO MONTIEL contra de la sociedad mercantil CETECO S.A., (antes METALÚRGICA NACIONAL, C.A., por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: No procede la condenatoria en costas contra el accionante por no devengar más de tres (3) salarios mínimos, de conformidad en lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, Regístrese y notifíquese
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de .....