Visto el anterior escrito contentivo del RECURSO EXTRAORDINARIO DE INVALIDACIÓN, de fecha diecinueve (19) de mayo de 2006, interpuesto por la ciudadana CLAUDIA MARÍA SALAS RINCÓN, venezolana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad No. 9.748.452 y de este domicilio, actuando en su propio nombre y como accionista y Gerente de Administración de la sociedad mercantil PANADERIA y PASTELERIA DON BIAGO, C.A., constituida a tenor de documento inserto por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día once (11) de diciembre de 1996, bajo el No. 73, Tomo 103-A, debidamente asistida por el profesional del derecho y de este domicilio GUILLERMO ALBERTO PARRA BORGES, inscrito en el INFREABOGADO bajo el No. 22.886, contra la sociedad mercantil NOMADAS DISEÑO TALLER DE ARQUITECTURA, C.A. y el ciudadano GIANFRANCO IOVINO NACCI, en representación de la sociedad de comercio PANADERÍA Y PASTELERÍA DON BIAGO, C.A., sobre el auto dictado por es.....