PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante en contra de la sentencia dictada el 06 de marzo de 2006 por el Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2) SIN LUGAR la demanda de indemnización por enfermedad profesional, daño moral y lucro cesante, interpuesta por el ciudadano JESÚS OSORIO en contra de la empresa PRIDE INTERNATIONAL C.A.
3) SE CONFIRMA la sentencia apelada.
4) NO SE CONDENA EN COSTAS al apelante en virtud de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE.....