En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el presente juicio de Alimentos seguido por LUZ MARY CALDERA DE ROSALES contra ARGIMIRO ANTONIO ROSALES ALVAREZ, decreta:
Medida Preventiva de Embargo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) del: Sueldo o Salario Integral, que devenga el demandado ARGIMIRO ANTONIO ROSALES ALVAREZ, antes identificado, como trabajador al servicio de la empresa P.D.V.S.A. Petróleo S.A. Las cantidades de dinero embargadas sobre el Sueldo o Salario Integral; deberán ser entregadas directamente a la parte demandante, antes identificada, de conformidad con los artículos 137