Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara:
PRIMERO: SE NIEGA la solicitud ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la abogada YAJAIRA ATENCIO MEDINA en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ISILIO DE LAS MERCEDES OLIVARES, ADANILCIA ANTONIA OLIVARES, ALEXIS ANTONIO OLIVARES, ANA ESTERBINA OLIVARES, WILFREDO OLIVARES, MARGARITA ANTONIA OLIVARES, ANGELA ANTONIA OLIVARES, SOLIMAR ANTONIO OLIVARES, DIONICIO ANTONIO OLIVARES, DUBINIO ANTONIO OLIVARES, EYRA COROMOTO OLIVARES, GABRIELA ANTONIA OLIVARES y JOSE DE LAS MERCEDES OLIVARES, antes identificados.
SEGUNDO: Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas para formar expediente.
TERCERO: Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo del expediente .....