INADMISIBLE la demanda intentada por el ciudadano DANIEL JOSÉ BRAVO BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.841.624; debidamente asistido por el abogado FERNANDO CHACIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 76.783, contra el ciudadano OWEN JOSÉ LIRA CENTENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°.8.466.849, por las razones anteriormente expresadas. Así se decide.-