En tal virtud, siendo que en el presente caso la ciudadana Lennys Carolina Carruyo es la parte interesada en la revisión del monto fijado por concepto de obligación de manutención y esta ha manifestado a la Fiscal Octava Auxiliar del Ministerio Publico su intención en no continuar con la demanda, y a su vez la representación Fiscal del Ministerio Publico ha declarado esa voluntad, consignado además un acta levantada en el despacho fiscal en la cual consta que el deseo de desistir fue expresado de manera pura y simple, por lo que no cabe duda sobre la intención de la ciudadana Lennys Carolina Carruyo de abandonar el tramite de manera voluntaria, es por lo que esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el artic.....