PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación propuesto por el demandante quien actuó en su nombre y representación en virtud de ser abogado en ejercicio, contra sentencia de fecha 18 de enero de 2012, proferida por el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por la sociedad mercantil SERVICIOS LAS NIEVES C.A., por intermedio de su apoderado judicial ALFONSO JOSE CHACIN REYES, contra sentencia de fecha 18 de enero de 2012, proferida por el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
TERCERO: SE MODIFICA la aludida decisión de fecha 18 de enero de 2012, proferida por el Juzgado de Municipio supra referido, en los términos expresados en la parte motiva del presente fallo, en tal sentido, se declara improcedente la oposición de parte planteada por la sociedad mercantil SERVICIOS.....