En mérito de las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación auto, interpuesto por el profesional del derecho DOUGLAS ALBERTO CHÁVEZ, quien actúa con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ORLANDO ALBERTO TIRADO PEROZO, contra decisión Nº 1489-2010, de fecha veinticinco (25) de Noviembre del año 2010, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas; de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 1489-2010, de fecha veinticinco (25) de Noviembre del año 2010, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión C.....