DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: No es legítima la aprehensión del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ya que no se le persigue por nuevo delito, y la orden de captura en la que se3 motiva la detención fue dejada sin efecto. Se acuerda la LIBERTAD INMEDIATA y SIN RESTRICCIONES del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA. Se ordena el egreso del adolescente desde la sala de este Tribunal. No se declina la competencia de la causa solicitada por el Ministerio Público. Se ordena notificar a la Fiscalía del Ministerio Público. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
La Juez,
ABG. DILIA ROSA MENDOZA BELLO.
La Secretaria,
ABG. MARIA GABRIELA BRITO