¿ SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la profesional del derecho MILAGROS RUIZ GUERRERO, actuando con el carácter de apoderada judicial del demandado, ciudadano EL MOUCHARRAFIE ABOU GHADER RAMZI FOUAD, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, el 19 de enero del año 2007.
Queda de esta manera confirmada la decisión apelada.
Se condena en costas procesales a la parte demandada de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber sido ratificada la decisión apelada.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil, ya los fines previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellad.....