Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la pretensión de DESALOJO incoada por la ciudadana MARIA CONCEPCIÓN AMESTI contra el ciudadano HECTOR IVAN TABLANTE SANCHEZ, ambas partes plenamente identificada en autos. En consecuencia, se condena en costas a la parte actora, por haber sido vencida totalmente en la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.