Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos DOUGLAS JOSE GARCIA VALLES y YUBISAY LUCIA OLANO FUENMAYOR, titulares de la cedula de identidad No. V- 14.833.772 y V- 15.841.165, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio VANESSA ROMERO RAMIREZ, inscrita en el inpreabogado No. 185.278, todos de este domicilio, en consecuencia se declara disuelto en divorcio, el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 26 de febrero del año 1997, por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente de la Parroquia Manuel Danigno del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Acta de Matrimonio No. 53 .....