Este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara:
1) INADMISIBLE; la solicitud de declaración de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la DE CUJUS YDANA JOSEFINA MUÑOZ DE GUGGISBERG, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.113.946, fallecida el día 11 de febrero del 2012, en jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia, solicitado por la ciudadana MILENIS DE LAS MERCEDES FUENMAYOR DE BOSCAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 5.067.228, domiciliada en jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia, asistida por la abogado YOSMARY ROMERO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 60.827, de este domicilio, solicitó sea declarada. Devuélvanse los original.....