En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de fondo aducida por la Empresa PDVSA PETRÓLEO S.A., referida a su falta de cualidad e interés para sostener la presente acción. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARIA ISABEL NAVARRO ANDRADE en su carácter de viuda del ciudadano JHOAN NELLY URDANETA BRIÑEZ (¿), en contra de la Empresa BOVE PÉREZ C.A., y solidariamente en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A., en base al cobro de prestaciones sociales, indemnizaciones por muerte del trabajador, daño emergente, lucro cesante y daño moral. TERCERO: Se ordena a la Empresa BOVE PÉREZ C.A., y en forma solidaria a la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A., p.....