JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia por Autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara: 1.- INADMISIBLE EL RECURSO DE HECHO propuesto por el abogado en ejercicio LEONELL PETIT MONTIEL actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano JUAN CRUZ, en contra de la resolución dictada en fecha 26 de febrero de 2008, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciacion, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2. SE CONDENA EN COSTAS PROCESALES al recurrente, en virtud de lo que establece el artículo 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.