Por los fundamentos expuestos esta Sala número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Defensora Pública Vigésima Penal Ordinario adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, BEATRIZ PIRELA, en su carácter de defensora del ciudadano ALFREDO JOSÉ VILLARREAL, en contra de la decisión N° 3462-07, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 31 de Diciembre de 2007, y en consecuencia se CONFIRMA la decisión recurrida.- ASÍ SE DECIDE.-