Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de este Estado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara incompetente para conocer y decidir la presente demanda que por DAÑO MORAL, sigue NIOMAR NARVAEZ RODRIGUEZ, contra: JOSE RAFAEL ZABALA y en consecuencia DECLINA SU COMPETENCIA en el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de que siga conociendo del presente asunto.
Se deja expresa constancia de que a partir de la publicación de la presente decisión, las partes tienen un plazo de cinco (05) días de despacho para solicitar la Regulación de Competencia, vencido el cual, sin que hayan solicitado dicha regulación, la presente decisión quedará firme y se remitirá el expediente al Juzgado que ha sido declarado compe.....