Por los argumentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio Interpuesta por el ciudadano JOSE ARGENIS IBARRA PERDOMO, venezolano,
mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8. 695. 632, domiciliado en la Avenida 74 " El Muro", Parroquia Rafael
Urdaneta, Municipio Valmore Rodriguez, estado Zulia , a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los cónyuges JOSE ARGENIS IBARRA PERDOMO y CARMEN ROSA GAHUNA MANZANO, ya identificados, en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 24 de septiembre de 1987, por ante la Prefectura Civil del Municipio Valmore Rodríguez del estado Zulia. En consecuencia, se ordena expedir copias certificadas de la presente decis.....