DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO PREVENTIVO POR COMUNIDAD CONYUGAL sobre:
El inmueble conformado por una casa de habitación familiar, de ciento sesenta metros cuadrados (160 mts2) de construcción, edificada sobre un terreno que se dice ser ejido, el cual tiene una extensión de treinta (30) metros de ancho de su frente por sesenta (60) metros de largo que es el fondo, abarcando una superficie de mil ochocientos metros cuadrados (1.800 mts2), ubicado en la avenida 79B, vía Los Lirios Tule No. 1365000, alineado por el norte con la avenida 79B y por el sur, este y oeste con posesión del ciudadano Gilberto Nava, en el municipio Maracaibo del estado Zulia.
En tal sentido, se ordena a los fines de la ejecución de las medidas de secuestro aquí decretada comisionar al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de que se traslade y ejecute las medidas de s.....