PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DE ESTADO
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
INADMISIBLE la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, solicitada por los ciudadanos YORELYS MARQUEZ Y CESAR PATIARROY, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V- 17.085.466 y 17.669.816 respectivamente, por las razones expuestas en la motiva de esta sentencia.
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada por secretaria.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los trece (13) días del mes de Enero de 2.011. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
El Juez Titular.....