Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos COSTANZA MARGARITA CEFARATTI RODRIGUEZ y LUBIN JOSÉ CONDE LA ROSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 9.114.667 y 9.734.766 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, celebrado el 15 de mayo de 2004, ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia tal como se evidencia en el Acta de matrimonio N° 144 del año 2004, acompañada a los autos en Copia Certificada, y cuyo domicilio conyugal estuvo ubicado en el Barrio La Pomona, Av.....