Oída las exposiciones de las partes este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admite totalmente la Acusación presentada por el Fiscal 40 (NN) del Ministerio Público ABOG. VICTOR RAUL VALBUENA Y ABIGAIL JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ; en contra del imputado EDUARDO ALBERTO RAMBAL CARABALLO; de nacionalidad colombiana, natural de Cartagena de India, Departamento Bolívar, de 65 años de edad, de profesión u oficio jardinero, titular de la cédula de identidad N° V-22.144.048, hijo de Juan Vicente Rambal Movilla y Justa Caraballo, residenciado en el Barrio Las Playitas, sector Monte Claro, calle 54, al fondo del Colegio el Pilar, casa No. 11-85; Municipio Maracaibo, Estado Zulia Teléfono N° 0261-7436056, por la comisión del.....