Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) PRIMERO: inadmisible la pretensión que por tacha de documento público propusoel ciudadano Elio José Quintero Torres, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número 5.724.980,domiciliadoen el municipio Miranda del estado Zulia, debidamente asistido por el profesional del Derecho Francisco Pirela, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 73.912, en contra del ciudadano Eduward José Quintero Andrades, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número 18.945.356, domiciliado en el municipio Miranda del estado Zulia, en razón del incumplimiento sancionado en el artículo en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, relativo a la debida inte.....