Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 27 de Julio de 2017, por el ciudadano PEDRO ROMÁN COVA, parte co-demandada de autos, debidamente asistido por el abogado FARID RAFAEL AZAN GIL, en contra del auto de fecha 26 de julio de 2017, dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En consecuencia se RATIFICA en todas sus partes el auto recurrido, todo ello con motivo del juicio de NULIDAD DE VENTA, incoada por la ciudadana ENOVI MALAVE URAY, en contra de los ciudadanos RODULFU GUADALUPE ORTIZ RODRIGUEZ y PEDRO ROMAN COVA.-
Como consecuencia de la presente decisión se condena a la parte apelante en costa de .....