PRIMERO: CONVERTIDA EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES QUE POR MUTUO CONSENTIMIENTO tienen convenida y fue declarada por éste Tribunal de los ciudadanos MARIAN CAROLINA APARICIO MARTINEZ Y FREDDY JOSE PORTILLO GUERRA, antes identificados, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal que los unía, y que estos contrajeron el día veintinueve (29) de Octubre del año dos mil doce (2.012), por ante el Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Miranda del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 47.
SEGUNDO: Se dejan a salvo los derechos de terceros.
TERCERO: Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos ni adquirieron bienes en la comunidad conyugal.
CUARTO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.